Pagos trimestrales

Muy señor(es) nuestro(s):

Por la presente le(s) recordamos que el próximo día 20 de Octubre vencen los plazos de presentación de declaraciones e ingreso, por los diversos conceptos, que se indican:

  1. RETENCIONES A CUENTA del IRPF (personal, comisiones, profesionales, rendimientos del capital mobiliario, arrendamientos de locales de negocios, etc), relativos al 3º trimestre de 2.016, o al mes de Septiembre en el caso de empresas obligadas a declarar mensualmente IRPF.
  2. PAGO FRACCIONADO A CUENTA DEL IRPF, a realizar por todos los empresarios y profesionales, correspondiente, también al 3º trimestre de 2.016, en la cuantía reglamentaria según su régimen de tributación de dicho impuesto.
  3. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO, correspondiente a las operaciones del 3º trimestre de 2.016 o al mes de Septiembre para empresas sujetas a declaración mensual.

En el caso de estar interesado(s) en efectuar las correspondientes declaraciones a través de este Despacho, deberá(n) ponerse en contacto, a la mayor brevedad posible, o remitirnos la información y documentación necesaria.

 

Quedando como siempre a su disposición para cuantas aclaraciones precise(n), aprovechamos la ocasión para saludarle(s) muy atentamente.